Comisariado

Coadyuvamos a generar condiciones para transformar la problemática agraria en las regiones del Estado, impulsando procesos de educación popular a través de un proceso de divulgación y capacitación dirigido a los ejidos y comunidades en diferentes áreas.

El 51 por ciento del territorio de nuestro país se encuentra bajo regímenes de propiedad social, en manos de ejidos y comunidades agrarias −muchas de éstas de origen indígena−, por lo tanto la fortaleza o debilidad de estas entidades es determinante para el manejo y conservación del territorio y sus recursos naturales, entre ellos el forestal, puesto que el 80% de la superficie de bosques y selvas es propiedad social.

La situación de los ejidos y comunidades de nuestro país en general no ha sido suficientemente fortalecida ni dirigida a promover esquemas de gobernanza de los recursos naturales; por el contrario, ha estado marcada por conflictos de límites de tierras, la disputa por los recursos naturales, altos niveles de exclusión social, el debilitamiento de los sistemas normativos y organizativos internos, y una presión hacia la individualización del territorio; todo ello producto del modelo económico dominante y de políticas públicas inadecuadas.

En consecuencia, los pilares de la organización comunitaria se han visto afectados significativamente. Hablamos de la Asamblea General de Comuneros o Ejidatarios, máxima autoridad interna y espacio para la toma de decisiones amplias; el tequio o fajina, un trabajo colectivo en beneficio común; el sistema de cargos, servicios y cooperaciones, mismo que define e instaura a los representantes agrarios. Aunado a ello, las herramientas principales de la gestión de los representantes agrarios, como el padrón de ejidatarios/comuneros y el reglamento interno o estatuto comunal, han sido subestimadas y escasamente utilizadas

Facultades y obligaciones del Comisariado y del Consejo de Vigilancia

Todo ejido o comunidad agraria cuenta con su Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales y su Consejo de Vigilancia. De acuerdo con el artículo 39 de la Ley Agraria, éstos durarán en sus funciones tres años.

La Ley Agraria ubica al Comisariado y al Consejo de Vigilancia como órganos internos del ejido o comunidad agraria. Cada uno cuenta con sus respectivas facultades y obligaciones. Están obligados a actuar de manera colegiada.

Forma colegiada: Que se realiza conjuntamente entre personas de la misma categoría...

En las comunidades agrarias y ejidos existe una gran cantidad de problemas y necesidades relacionadas con la tierra y los recursos naturales, por lo que los integrantes del Comisariado o Consejo de Vigilancia, al inicio de su ejercicio constitucional, deben tener en cuenta las siguientes herramientas de trabajo:

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Last modification: Thu 8 Aug 2024
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